SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1607/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1607/2002-R

Fecha: 20-Dic-2002

II.3

II.3         La representante del hoy recurrente José Hoyos Illescas, planteó excepciones de falta de personería en el ejecutado, falta de fuerza ejecutiva, falsedad e inhabilidad del título, omisión de los requisitos que la letra de cambio debe contener y que la ley supla expresamente y la alteración del texto de la misma (fs. 60 a 69). Asimismo, la co-ejecutada planteó excepciones. (fs. 83 a 85 vta.). El Juez de la causa dictó sentencia que declara improbada la demanda ejecutiva y probada la excepción planteada de falta de fuerza ejecutiva, salvando los derechos de la ejecutante para la vía legal correspondiente. (fs. 119 a 120). El 14 de enero de 2002, se concedieron los recursos de apelación de la Sentencia y del Auto complementario de 13 de noviembre de 2001, así como el recurso de apelación en el efecto diferido contra el auto de 5 de enero de 2001. (fs. 132).