SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2002

Fecha: 20-Dic-2002

II.1

II.1    Que, de la nómina calificada por el Consejo de la Judicatura, la  Sala Plena de la Corte Superior del Distrito de La Paz designó a la recurrente Auxiliar del Juzgado Décimo de Partido en lo Civil mediante memorando 654/02-P de 30 de septiembre de 2002 (fs. 1, 28-32,), empero según reconoce el recurrido, ha negado la suscripción del contrato y dar curso a la posesión de la recurrente porque es esposa de un funcionario judicial de la misma Corte.