SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2002

Fecha: 20-Dic-2002

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

Que, la recurrente denuncia la vulneración de su derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y a adquirir cultura, previstos en el art. 7-a)-d)-e) CPE, con el argumento de que el recurrido se niega indebidamente a proceder a la suscripción de su contrato obstruyéndole su posesión como Auxiliar designada por la Sala Plena de la Corte Superior del Distrito de La Paz con el argumento de que es esposa del actual Secretario de Cámara de la Sala Penal Primera de la misma Corte, sin considerar que no le alcanza incompatibilidad alguna ya que su designación constituye una beca-trabajo. En consecuencia,  corresponde dilucidar si tal extremo es evidente, si constituye un acto ilegal lesivo u omisión indebida de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.