Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1617/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
II.3.
II.3. NATICARGO solicitó y ratificó a la Jueza recurrida auxilio judicial para la ejecución del laudo arbitral, por lo que ésta, por decreto de 17 de agosto de 2002, radicó y corrió en traslado a la Alcaldía de La Paz, ordenando se oficie a la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras para que proceda a la retención de $US377.252.88 (fs. 118-119, 157-160).
- Francisco Javier Zárate Taborga en representación de Juan Fernando del Granado Cosio, Alcalde Municipal de La Paz
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe del recurrido
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.