SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1617/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1617/2002-R

Fecha: 20-Dic-2002

II.4.

II.4.    Ante el reclamo de la Alcaldía de no haberse decretado el cúmplase por el tribunal arbitral, y con la respuesta negativa de NATICARGO, por resolución de vista de 26 de septiembre de 2002, la Juzgadora recurrida declaró probada la demanda de ejecución forzosa del laudo ordenando al municipio paceño el pago de los daños y perjuicios ya señalados. A la solicitud de complementación y enmienda, la jueza dictó el decreto de 28 de septiembre, indicando que las normas arbitrales son especiales y su cumplimiento es obligatorio (fs. 161-170; 174-175).