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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 157/02-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 157/02-R

    Fecha: 27-Feb-2002

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    • 2)
    • CONSIDERANDO:
    • “Inicio del término de la prescripción” b) “Interrupción del término de la prescripción” y; c) la “Suspensión del término de la prescripción
    • la prescripción se interrumpe con el inicio de la instrucción penal, y comienza a computarse a partir de la última actuación que ésta registre.
    • interrupción
    • dentro del proceso penal motivo del Recurso que se revisa, no se ha operado la prescripción de la acción penal
    • POR TANTO:

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