Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 157/02-R
Fecha: 27-Feb-2002
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Sentencia Nº 519/2001, cursante a fs. 41, pronunciada en 6 de diciembre de 2001, por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Alberto Saavedra Díaz y Leandra Salas de Saavedra contra Enrique Gonzáles Careaga, Carlos Jaime Villarroel Ferrer y Gerardo Torrez Antezana, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; sus antecedentes, y
- VISTOS:
- 1.
- a)
- 3.
- 2)
- CONSIDERANDO:
- “Inicio del término de la prescripción” b) “Interrupción del término de la prescripción” y; c) la “Suspensión del término de la prescripción
- la prescripción se interrumpe con el inicio de la instrucción penal, y comienza a computarse a partir de la última actuación que ésta registre.
- interrupción
- dentro del proceso penal motivo del Recurso que se revisa, no se ha operado la prescripción de la acción penal
- POR TANTO: