SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 157/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 157/02-R

Fecha: 27-Feb-2002

3.

3.                La Sentencia Nº 519/01 de 6 de diciembre de 2001, cursante a fs. 41, pronunciada por  la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró IMPROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: 1)  no es evidente que  se haya vulnerado los derechos a la defensa y al debido proceso de los recurrentes, porque en aplicación de los arts. 29, 30 y 31 de la Ley Nº 1970, la prescripción comenzó el 6 de octubre de 1987, “fecha en la que se protocolizó la escritura pública Nº 250/87 que es el cuerpo del delito”; 2) ese Tribunal es incompetente  para “revisar o invalidar por esta vía, resoluciones adoptadas por el Tribunal competente en ejercicio de la jurisdicción que le atribuye la Ley”, en observancia del art. 66 de la Ley del Tribunal Constitucional; 3) en el Recurso se pretende la anulación de la Resolución Nº 175/01 dictada por el Juez del proceso, por lo que el Amparo debió ser interpuesto en contra suya.