SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 161/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 161/02-R

Fecha: 27-Feb-2002

de conformidad con la norma prevista por el art. 96-2) de la Ley N° 1836,

De lo examinado, se concluye que de conformidad con la norma prevista por el art. 96-2) de la Ley N° 1836, al haber desaparecido los efectos de la Resolución Municipal Nº 01/2001 y todo el trámite de la moción de censura seguido desde el 16 de octubre al 7 de noviembre de 2001, no corresponde declarar la procedencia del presente Recurso. Así ha establecido este Tribunal en sus Sentencias  Nos. 562/00-R, 1003/00-R, 113/01-R, 521/01-R, 1011/01-R, entre otras.