Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 20/2002
Fecha: 06-Mar-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, ejerciendo la jurisdicción que le confieren los artículos 120.6ª de la Constitución Política del Estado, 7-6ª, 79 y siguientes de la Ley Nº 1836, declara INFUNDADO el Recurso Directo de Nulidad de fs. 7 a 9, con costas y una multa de Bs500.- que el recurrente debe depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de tres días a partir de su notificación con la presente sentencia.