SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 253/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 253/2002-R

Fecha: 11-Mar-2002

Que del acta de audiencia se evidencia que la Jueza del Recurso no permitió el uso de la palabra a un abogado co-patrocinante del recurrente, en mérito a que no habría suscrito el memorial de demanda, lo que a todas luces conlleva una restricción ilegal, dado que el hábeas corpus es un recurso que puede ser planteado inclusive sin mandato, conforme lo establecen los arts. 18.I de la Constitución y 89.I de la Ley Nº 1836.

CONSIDERANDO: Que del acta de audiencia se evidencia que la Jueza del Recurso no permitió el uso de la palabra a un abogado co-patrocinante del recurrente, en mérito a que no habría suscrito el memorial de demanda, lo que a todas luces conlleva una restricción ilegal, dado que el hábeas corpus es un recurso que puede ser planteado inclusive sin mandato, conforme lo establecen los arts. 18.I de la Constitución y 89.I de la Ley Nº 1836.