SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 321/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 321/2002-R

Fecha: 22-Mar-2002

Fragmento 3

     Sostienen que de acuerdo al art. 6 de la Ley Nº 1602, el cumplimiento forzoso de  obligaciones patrimoniales, sólo podrá hacerse efectivo sobre el patrimonio de los sujetos responsables, sin que proceda el apremio corporal, entre otros casos, cuando se trata de obligaciones fiscales y tributarias, habiendo el art. 13-II de la citada Ley derogado el art. 308-5) del Código Tributario, por ser el arraigo una medida cautelar restrictiva de la libertad personal, atentándose en forma directa contra los derechos que consagran la Ley Fundamental del país  y  el art. 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.