SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 321/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 321/2002-R

Fecha: 22-Mar-2002

única y exclusivamente como reacción a un delito”.

El arraigo en materia penal es una medida restrictiva de la libertad, por la que se aplica  al probable autor de un hecho delictivo, en los supuestos en que haya peligro de fuga, la prohibición de salir del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez o tribunal (art. 240-3 de la Ley Nº 1970).