SENTENCIA CONSTITUCIONAL 421/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 421/2002-R

Fecha: 15-Abr-2002

improcedente

Que, concluida la audiencia pública, el Tribunal del Recurso declaró improcedente el Hábeas Corpus fundamentando “Que, ... se ha llegado a establecer que no ha existido violaciones a los derechos y garantías constitucionales del recurrente, señalados en los Arts. 9, 16 y 18 de la Constitución Política del Estado, concordante con el Art. 6 del Nuevo Código de Procedimiento Penal, al haberse establecido que la autoridad recurrida ha obrado conforme a lo dispuesto por el Art. 245 del citado cuerpo legal y en circunstancias especiales al haber actuado en otro distrito judicial, disponiendo que el imputado quede en depósito en la Fiscalía de la ciudad de Santa Cruz, hasta que cumpla con las medidas substitutivas a la detención preventiva”.