SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 458/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 458/2002-R

Fecha: 23-Abr-2002

Fragmento 3

      Alega que al entrar en vigencia la nueva normativa procesal penal, la causa se remitió al despacho de la recurrida, que fue designada como Jueza Liquidadora, quien por Auto de 27 de junio de 2001 declaró ejecutoriada la resolución de rechazo de querella, sin considerar el memorial presentado el 21 de junio, en el que denunció la notificación nula que el imputado logró se realice, además de no haber considerado el informe del actuario en el que se indica que la comisión instruida para la notificación no fue practicada en el domicilio señalado por el querellante; en ese mérito, la Jueza advertida de su error,  revocó el Auto de ejecutoria del rechazo de querella, y negó el pedido del imputado para que se levanten las medidas de arraigo y garantía personal, frente a lo que éste interpuso un Amparo Constitucional, que fue declarado procedente por la Jueza del Recurso y revocada por el Tribunal Constitucional.