Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 481/2002-R
Fecha: 24-Abr-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 7-8) y 102-V de la Ley No. 1836 en revisión REVOCA la Resolución N° 61/2002 de fs. 48 a 49 de obrados, pronunciada el 8 de febrero de 2002, por el Juez Primero de Partido en lo Civil-Comercial de El Alto y declara IMPROCEDENTE el Recurso, disponiendo que se proceda conforme al art. 102-III de la Ley Nº 1836.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- 1)
- PROCEDENTE
- (fs. 52 a 53)
- ( fs. 77),
- (fs. 2-4)
- (fs. 11-12)
- resuelta por el recurrido mediante Resolución Nº 010/2001 de 11 de enero de 2001
- Resolución Nº 010/2001 de 11 de enero de 2001,
- han transcurrido once meses y quince días
- el Amparo ha sido demandado después de más de 3 años y 6 meses de haberse dictado el Auto de Vista que se impugna,
- POR TANTO: