Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 481/2002-R
Fecha: 24-Abr-2002
PROCEDENTE
Que, concluida la audiencia, el Tribunal del Amparo dictó Sentencia declarando PROCEDENTE el Recurso, con el fundamento de que el régimen de la prescripción en los procesos instaurados con anterioridad al 25 de marzo de 1999, según la interpretación de la Sentencia Constitucional Nº 280/01-R de 2 de abril de 2001, se rigen por el Código de Procedimiento Penal promulgado mediante Decreto Ley Nº. 10426 y no así por el régimen contenido en la Ley No. 1970.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- 1)
- PROCEDENTE
- (fs. 52 a 53)
- ( fs. 77),
- (fs. 2-4)
- (fs. 11-12)
- resuelta por el recurrido mediante Resolución Nº 010/2001 de 11 de enero de 2001
- Resolución Nº 010/2001 de 11 de enero de 2001,
- han transcurrido once meses y quince días
- el Amparo ha sido demandado después de más de 3 años y 6 meses de haberse dictado el Auto de Vista que se impugna,
- POR TANTO: