SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 492/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 492/2002-R

Fecha: 30-Abr-2002

1.

1.   En la demanda presentada el 4 de marzo de 2002 (fs. 154 a 168), el recurrente manifiesta que el Titular del Juzgado de Instrucción Séptimo en lo Penal, excluyendo en forma arbitraria a uno de los sujetos procesales como es Marcelo Calderón Saravia, dictó Auto Inicial de la Instrucción en contra suya y de su hija María del Carmen Melcón Andrade, por la supuesta comisión del delito de robo agravado, y una vez recibida su declaración indagatoria, el 6 de octubre de 2000 el Juez dispuso ilegalmente su detención preventiva, aplicando normas de la Ley Nº 1685 cuando ya quedaron sin efecto por la aplicación anticipada de las medidas cautelares previstas por la Ley Nº 1970.

1)   Dentro de las diligencias de Policía Judicial elaboradas a raíz de la denuncia sentada por Leticia Arana Vda. de Melcón contra María del Carmen Melcón Andrade y Gladys Adela Andrade Garay, por la presunta comisión del delito de robo agravado, el 4 de octubre de 2000 (fs. 57 a 62), se presentó el Informe en Conclusiones, en base al cual, el Fiscal requirió, la misma fecha (fs. 63 y 64), se abra  sumario penal contra las nombradas.