Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 492/2002-R
Fecha: 30-Abr-2002
9)
9) La recurrente impugnó el requerimiento fiscal en conclusiones mediante escrito de 21 de diciembre de 2001 (fs. 140 a 149) en el mismo que formuló sus alegatos. Y, de acuerdo a lo informado por el Juez recurrido en la audiencia del Recurso, ha dictado Auto Final de la Instrucción de Procesamiento.