SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 508/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 508/2002-R

Fecha: 30-Abr-2002

27 de marzo de 1999

En la especie, se tiene evidencia clara de que el Juez de la causa, por  providencia de 27 de marzo de 1999 (fs. 165), declaró no haber lugar a considerar la excepción de prescripción formulada por la Alcaldía Municipal de Santa Cruz, al estimar que fue  formalizada fuera del plazo otorgado por el art. 338 del Código de Procedimiento Civil, así como está demostrado que la entidad demandada no  interpuso el recurso de reposición con alternativa de apelación, que tenía a su alcance a objeto de que la autoridad judicial revoque o deje sin efecto esa decisión, por lo que la misma cobró ejecutoria, sin que pueda nuevamente intentarse el planteamiento de la excepción de prescripción, precisamente porque ya fue rechazada, y menos apelar de la misma después de aproximadamente un año de su ejecutoria, como ocurrió en el caso de autos que se apela sobre este punto después de dictada la sentencia.