SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 682/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 682/2002-R

Fecha: 10-Jun-2002

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A su vez, de los siete procesos ejecutivos referidos, dos de ellos se radicaron en el Juzgado del Trabajo y Seguridad Social Primero de Chuquisaca, habiendo sido ambos admitidos, dictándose los correspondientes autos de intimación de pago. En uno de esos procesos, el ejecutado opuso excepción de impersonería por insuficiencia de poder, excepción que fue declarada probada y confirmada por Auto de Vista 028/02 de 4 de febrero de 2002 (impugnado), también pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior.

            Los vocales recurridos, al pronunciar los impugnados Autos de Vista, han restringido su “derecho a litigar por la vía ejecutiva social”, también “se vulneran y restringen los derechos de los trabajadores a percibir las prestaciones de jubilación, invalidez, muerte, gastos funerarios y riesgos profesionales del seguro social obligatorio a largo plazo” “derechos y beneficios reconocidos a favor de los trabajadores que no pueden renunciarse” (textual).