Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 682/2002-R
Fecha: 10-Jun-2002
procedente
Al haberse violado los arts. 7 incs. h) y k), 32, 116, 158 y 162 de la Constitución Política del Estado, los arts. 27, 28, 31 inc. d) de la Ley de Pensiones, art. 1 incs. 11) y 13) de la Ley de Organización Judicial, arts. 1, 52, y 56 del Código de Procedimiento Civil y art. 1465 del Código Civil, y no contar ningún otro medio para la protección de los derechos vulnerados, solicita se declare procedente el Recurso, disponiéndose la anulación de los Autos de Vista impugnados, con costas, daños y perjuicios.