SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 727/2002-R
Fecha: 21-Jun-2002
“a todos los funcionarios de ese Servicio, así como a todo ciudadano ajeno a la Institución,
Mediante Resolución Administrativa Nº 03-0204-02 de 27 de febrero de 2002 (fs. 60) el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales resolvió convocar “a todos los funcionarios de ese Servicio, así como a todo ciudadano ajeno a la Institución, a participar del proceso de Selección de Personal a llevarse a cabo en fechas próximas mediante una empresa consultora especializada, a ser definida mediante los procesos que las normas establecen”.
A través de la empresa “P.A. & Partners”, el Servicio de Impuestos Nacionales emitió una Convocatoria Pública Externa para cubrir trescientos cargos a nivel nacional, debiendo entregarse las postulaciones hasta el 13 de marzo del presente año. Para la Oficina Distrital de Cochabamba, se convocaron a veintinueve puestos: cuatro jerárquicos y veinticinco profesionales (certificación de fs. 58).
Por nota de 8 de abril de 2002 (fs. 2 y 3) los recurrentes efectuaron una representación de la Convocatoria ante el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales, pidiendo se declare la nulidad de la misma, “en tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en el art. 59 del Decreto Supremo Nº 26115”.
De conformidad a la certificación emitida por “P.A. & Partners”, en 25 de abril del presente año (fs. 59), los funcionarios públicos: Marco Antonio Cossío, Jimmy Vargas, Sonia Machaca, Elizabeth Roxana Maida, Miguel Goitia, Mery Ruth Flores, Germán Ferrel y Andrés Fuentes, postularon a diferentes cargos convocados por el Servicio de Impuestos Nacionales.
- Partes:
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- “a todos los funcionarios de ese Servicio, así como a todo ciudadano ajeno a la Institución,
- CONSIDERANDO:
- previo cumplimiento de las condiciones señaladas por la Ley del Estatuto del Funcionario Público y ese Reglamento.
- podrán participar en el proceso de jerarquización, con los mismos derechos y obligaciones que los postulantes ajenos a ésta, para ratificar el cargo que actualmente ostentan u otro
- POR TANTO: