Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 727/2002-R
Fecha: 21-Jun-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado, 7.8ª) y 102-V de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos, APRUEBA la Sentencia Nº 17/2002 de 25 de abril de 2002, cursante a fs. 83 y 84, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba.
- Partes:
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- “a todos los funcionarios de ese Servicio, así como a todo ciudadano ajeno a la Institución,
- CONSIDERANDO:
- previo cumplimiento de las condiciones señaladas por la Ley del Estatuto del Funcionario Público y ese Reglamento.
- podrán participar en el proceso de jerarquización, con los mismos derechos y obligaciones que los postulantes ajenos a ésta, para ratificar el cargo que actualmente ostentan u otro
- POR TANTO: