Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 60/2002
Fecha: 22-Jul-2002
V.3
V.3 La Ley Nº 2028 de Municipalidades, en su art. 12-10), reconoce a los Concejos Municipales la facultad de aprobar Ordenanzas Municipales de Tasas y Patentes, debiendo remitirlas al Senado Nacional para su respectiva consideración y aprobación. El art. 105 de dicha Ley prevé el procedimiento al que debe sujetarse el Gobierno Municipal para obtener la aprobación de las Ordenanzas de Tasas y Patentes por parte del Senado.