SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 765/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 765/2002-R

Fecha: 02-Jul-2002

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el presente Amparo ha sido interpuesto por la actora alegando que   el Auto de Vista dictado por los recurridos confirmando la Resolución que declaró improbada su tercería de dominio excluyente, planteada en ejecución de sentencia del proceso ejecutivo seguido por el Banco BIDESA S.A. contra la empresa de su esposo, no guarda relación con los puntos apelados y declara que no ha demostrado la ganancialidad del bien reclamado, con lo que -estima- se ha conculcado su derecho a la propiedad privada y la protección que la Constitución consagra a favor de la familia, pues la suya estaría por ser dejada sin vivienda. Corresponde analizar si tales extremos son evidentes y si dan lugar a otorgar  la tutela que brinda este Recurso.

CONSIDERANDO: Que el Amparo Constitucional ha sido instituido como un Recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la  Constitución y las Leyes.