Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 765/2002-R
Fecha: 02-Jul-2002
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Sentencia de 3 de mayo de 2002, cursante a fs. 66 y 67 de obrados, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Roxana Quevedo de Jáuregui contra Ricardo Alarcón Pozo, Rafael Barrero Martínez, Nelly de la Cruz Palomeque y Aida Luz Maldonado, vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; sus antecedentes, y
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- CONSIDERANDO:
- el Auto de Vista deberá circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación y la fundamentación a que se refiere el art. 227
- atenta contra el derecho a la propiedad de la recurrente, al debido proceso y a la seguridad jurídica,
- POR TANTO: