SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 811/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 811/2002-R

Fecha: 08-Jul-2002

Fragmento 8

     El abogado de la autoridad policial recurrida expresó que: a) la Policía Boliviana únicamente se abocó a cumplir un mandamiento emitido por autoridad jurisdiccional competente; b) se detuvo al recurrente a las nueve de la mañana del 24 de mayo y cuarenta y cinco minutos después fue entregado a la cárcel de Palmasola, lo cual se hizo conocer a INTERPOL de La Paz, para que “haga llegar” a la embajada Argentina; c) se tiene una fotocopia de identificación personal donde constan el nombre y apellidos del recurrente, fecha de nacimiento, nombres de sus padres, sin que exista homónimo en Santa Cruz ni en Bolivia.