SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 833/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 833/2002-R

Fecha: 15-Jul-2002

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que este Recurso ha sido planteado por el recurrente alegando que  el Fiscal recurrido ha iniciado una investigación en su contra en base a una denuncia presentada por un supuesto delito cometido en el ejercicio libre de su profesión de abogado, y, no obstante las solicitudes suyas y de la Comisión de Defensa de Derechos Fundamentales de la Persona del Colegio de Abogados, prosigue con  esa investigación sin que el Tribunal de Honor del aludido Colegio le haya otorgado la licencia que la Ley exige, por lo cual considera que está sufriendo una persecución indebida, y es objeto de una investigación ilegal, “abuso y evidente arbitrariedad”. Corresponde ahora analizar si tales extremos son ciertos y si dan lugar a otorgar la tutela que brinda el Hábeas Corpus.

CONSIDERANDO:  Que  este Recurso extraordinario tiene como objeto restituir o restablecer, de forma inmediata y oportuna, la libertad de locomoción en los casos de que ésta haya sido ilegal o arbitrariamente amenazada, restringida o suprimida, por lo que podrán interponerlo quienes se consideren indebidamente perseguidos, detenidos, procesados o presos,  demandando se guarden las formalidades legales.

CONSIDERANDO:   Que, por otra parte, el art. 43 de la Ley de la Abogacía establece que: "Ningún Abogado podrá ser juzgado por los jueces ordinarios civiles o penales por hechos relativos al ejercicio profesional, si antes no lo hubiera sido por el tribunal y este le concediera licencia para el indicado juzgamiento".