SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 833/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 833/2002-R

Fecha: 15-Jul-2002

investigar

La Policía y el Ministerio Público tienen la facultad de investigar los hechos que son objeto de denuncias, investigación que no implica un juzgamiento propiamente dicho, ya que cuando no existe una imputación formal ante el órgano jurisdiccional correspondiente y no se ha concluido la investigación, no puede hablarse de  procesamiento, que se produce después de las aludidas actuaciones del Fiscal,  momento en el que recién se requiere del licenciamiento para que el Abogado pueda ser sometido a juicio.