Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 860/2002-R
Fecha: 22-Jul-2002
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Sentencia Nº 097/2002 pronunciada el 28 de mayo de 2002 (fs. 74 y 75), por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Rolando Enrique Vargas Díaz en representación de María del Carmen Vargas Díaz contra Jorge Ayllón Zambrana, Jorge Lema Morales, Freddy Hurtado Caballero y Adolfo Vera del Carpio, miembros del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Bolivia; sus antecedentes, y
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- 3.
- 2)
- CONSIDERANDO:
- si bien es evidente la falta de coherencia entre las consideraciones del Tribunal del cual forman parte los recurridos y la resolución final contenida en el fallo de 14 de marzo de este año, no es menos cierto que tal resolución -ni la incongruencia detectada- vulneran de forma alguna el derecho a la defensa de la mandante del recurrente
- POR TANTO: