SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1001/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1001/2002-R

Fecha: 16-Ago-2002

procedente

Concluida la audiencia el Juez de Hábeas Corpus  pronuncia resolución que declara procedente el Recurso con los siguientes fundamentos: 1) se infringió el art. 222 CPP, que dispone: las medidas cautelares de carácter personal  se aplicarán con carácter restrictivo  y se ejecutarán  de modo que perjudiquen lo menos posible  a la persona y  reputación de los afectados; 2) la autoridad demandada al no haber dispuesto la libertad en el acto de la imputada al saber de su embarazo ha vulnerado los arts. 193 CPE y arts. 7, 221,  232 y 233 CPP.