SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1007/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1007/2002-R

Fecha: 16-Ago-2002

III.2

III.2    Por  los antecedentes examinados en el caso, se tiene el oficio D.G.C.P. 050-16 U.D.P.I. Of. 182/01 de 23 de noviembre que se cuestiona por la parte recurrente, que fue recibido en 28 de noviembre del mismo año por el Rectorado de la Universidad “Juan Misael Saracho” según consta por el sello de recepción de fs. 27, habiendo sido presentado el Recurso el 11 de junio (fs. 77 vta.), o sea a más de seis meses de haberse recibido esta comunicación que precisamente ha motivado el presente Amparo en el que se indica la vulneración de los derechos y garantías a la seguridad jurídica y financiera de la Casa Superior de Estudios de Tarija, al negarse el Ministerio de Hacienda al pago del 5% que le corresponde por concepto de coparticipación tributaria, negativa que, como se ve, no fue reclamada con la inmediatez que prevé el art. 19 CPE.