Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1007/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara procedente el recurso con los siguientes fundamentos: a) el oficio de rechazo del Ministerio de Hacienda para el pago solicitado por la Universidad de Tarija no contiene la debida fundamentación en cuanto al monto que le corresponde, lo que constituye acto y omisión indebidas; b) la Universidad “Juan Misael Saracho” no ha recibido el porcentaje que le corresponde de acuerdo a las disposiciones legales señaladas.