Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1011/2002-R
Fecha: 20-Ago-2002
II.1.
II.1. En el proceso interdicto de recobrar la posesión, en la audiencia de 9 de abril de 2002, el Juez Agrario de Punata declaró improbadas las excepciones opuestas por los demandados, ahora representados del recurrente, y con el uso de la palabra, su abogado señaló que interpondrían recurso de casación contra el auto emitido y que lo formalizarían por escrito en el plazo de ley (fs. 8-9).