Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1011/2002-R
Fecha: 20-Ago-2002
II.2.
II.2. El 15 de abril de 2002, los mandantes del recurrente plantearon recurso de apelación del Auto anterior, el cual fue rechazado por el Juez Agrario, mediante Auto de 16 de abril del año en curso, indicando que la resolución impugnada constituye un auto interlocutorio simple que admite el recurso de reposición sin recurso ulterior, el cual debió ser interpuesto conforme al art. 85 LSNRA (fs. 11-12).