Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1011/2002-R
Fecha: 20-Ago-2002
III.3.
III.3. Que en consecuencia, los Vocales recurridos no violaron los derechos de los representados del recurrente al recurso de apelación, ya que el mismo no existe en materia agraria, ni al debido proceso, pues más bien en resguardo del mismo declararon ilegal la compulsa, con lo cual de manera alguna coartaron el derecho a la defensa, ya que no es atribuible a los demandados el error en que incurrieron al plantear un recurso inexistente en materia agraria, que ocasionó la ejecutoria del auto que declaró improbadas las excepciones opuestas de su parte.