Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1021/2002-R
Fecha: 22-Ago-2002
II.1
II.1 Que, dentro del proceso que se sigue contra el recurrente por el delito de estafa, el Juez recurrido, en audiencia de cesación de la detención preventiva, le impuso las medidas sustitutivas de a) presentarse en despacho judicial, b) no salir del departamento, c) fianza económica en Bs.8.000.- y d) fianza personal, dejando esta última en cumplimiento a la jurisprudencia sentada por el este Tribunal, en sentido de que las fianzas no son concurrentes sino concluyentes (fs. 34).