Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1026/02-R
Fecha: 28-Ago-2002
Fragmento 6
La Resolución de 20 de julio, cursante a fojas 19 de obrados, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo que "los menores recurrentes permanezcan en el Hogar donde se encuentran", hasta que la Jueza de la materia determine lo que corresponde por ley "a la brevedad posible", con estos fundamentos: a) en el caso presente no son de aplicación las normas del Código de Procedimiento Penal, toda vez que conforme establece el art. 3 de la Ley 2026, de 27 de octubre de 1999, las normas contenidas en este cuerpo legal son de preferente aplicación a cualquier otra; b)