Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1029/2002-R
Fecha: 27-Ago-2002
II.2.
II.2. La Corte Nacional Electoral emite los Instructivos 003/2002 de 1 de marzo y 005/2002 de 24 de abril, que en el punto 2.6 establece la presentación de “Declaración Jurada ante Juez Instructor en lo Civil afirmando no tener Auto de procesamiento ejecutoriado o sentencia ejecutoriada”, señalando que en caso de incumplimiento, los candidatos que no cuenten con esta documentación serán excluidos de las listas, en aplicación del art. 112 CE.