Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1034/2002-R
Fecha: 28-Ago-2002
II.2
II.2 Realizada la audiencia de medidas cautelares el 26 de febrero de 2002, la Fiscal efectúa la imputación formal contra el representado por el recurrente por el delito de violación agravada previsto por el art. 308 con relación al 310-4), ambos del Código Penal (CP) y solicita se ordene su detención preventiva, medida cautelar que es aplicada por el Juez recurrido mediante Auto dictado en audiencia (fs. 23 a 24). Por memorial presentado el 28 de febrero de 2002, solicita cesación de su detención preventiva (fs. 25 a 27), la que es rechazada por el Juez recurrido mediante Auto dictado en audiencia el 7 de marzo de 2002 (fs. 31 a 32).