Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 926/2002-R
Fecha: 02-Ago-2002
I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso.
El abogado del recurrente ratifica y amplía su demanda en sentido de que le dan parte de la moción de censura, con una copia pegada en la puerta de su domicilio, en la que se borró la fecha probablemente de 6 a 8, aditamento y raspadura que hace nula la notificación, de acuerdo al art. 128 del Código de Procedimiento Civil; además no existen 3/5 de votos para aprobar la moción de censura.