Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 926/2002-R
Fecha: 02-Ago-2002
III.1.5.
III.1.5. Que al no haberse cumplido con el procedimiento señalado, las autoridades demandadas han incurrido en actos ilegales que restringen el derecho de defensa del recurrente, por lo que es viable otorgar la tutela demandada, por cuanto, por disposición del numeral 10 del art. 51 de la tantas veces citada Ley, son nulas las actuaciones que no se ajusten a procedimiento.