Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 926/2002-R
Fecha: 02-Ago-2002
II.4.
II.4. Por cédula dejada en la puerta del domicilio del recurrente, se le hace saber que la sesión se realizaría el 06 de mayo de 2002, fecha que habría sido cambiada por el 08 del mismo mes y año (afirmaciones del recurrente y los recurridos). La misma alteración de fecha se evidencia en la nota dirigida a la Corte Electoral (fs. 6).