Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 963/2002-R
Fecha: 09-Ago-2002
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Que los recurrentes señalan que las autoridades demandadas hubieran violado sus derechos al debido proceso, a la presunción de inocencia y a la defensa, en mérito a la supuesta ocultación o falta de notificación con las pruebas en la etapa preparatoria; con el rechazo ilegal de incidentes en el juicio oral, ó la tramitación indebida del proceso a querella de entidades bancarias que presuntamente no fueran las verdaderas víctimas de los delitos denunciados. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos demandados están dentro del ámbito de protección del hábeas corpus.
- Jorge Salazar Hurtado, Teresa Imar Salazar de Solíz, Mirian Rocabado de Salazar y Líder Solíz Salvatierra contra David Gonzáles Alpire, Sonia E. Becerra Moreno, Gumercindo Pérez Alvarez, Wilma Durán Acosta y Dora Teresa Paz de Justiniano, Jueces Técnicos y Jueces Ciudadanos del Tribunal de Sentencia de Montero,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.