Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 997/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los artículos 19-IV y 120.7ª CPE y los arts. 7.8ª y 102-V LTC APRUEBA la Resolución de 16 de junio de 2002, cursante de fs. 79 vta. a 80, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz.
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los artículos 19-IV y 120.7ª CPE y los arts. 7.8ª y 102-V LTC APRUEBA la Resolución de 16 de junio de 2002, cursante de fs. 79 vta. a 80, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz.
- Mario Osvaldo Doria Medina Aramayo, Jhonny Alberto Virreira Valverde, José Sterling Chávez Medina, Luis Alberto Antequera Suárez y Teresa Glinnis Doria Medina Aramayo contra Roberto J.C. Pierini De Paulis, Juez Octavo de Partido en lo Civil
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Roberto J.C. Pierini de Paulis, Juez Octavo de Partido en lo Civil
- (77-78)
- improcedente
- II.1
- III.1
- III.2
- III.3
- APRUEBA