Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 998/2002 - R
Fecha: 16-Ago-2002
III.1
III.1 Que, el recurrente ha presentado su demanda, acusando la vulneración de los derechos y garantías previstos en los arts. 7-a)-c-)-d), 16 y 33 de la Constitución Política del Estado, dado que el recurrido ha desconocido sus propias decisiones al dictar las Resoluciones Municipales que anulan la Resolución que aprobó el plano de división y partición de lotes que son de su propiedad, lo cual considera como acto ilegal restrictivo de los derechos referidos, más aún cuando la Resolución Municipal Nº 128/2002 ha sido dictada fuera del plazo estipulado en la Ley de Municipalidades.