SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2002-R

Fecha: 02-Sep-2002

II.2.

II.2.    En cumplimiento al mencionado fallo y notificados los recurrentes éstos formulan contestación rechazando las excepciones planteadas, la que es corrida en traslado al demandado mediante Decreto de 3 de junio de 2002, del cual los recurrentes solicitan reposición bajo alternativa de apelación por no haberse pronunciado el Juez de la causa sobre las excepciones como dispone el art.. 338.II) CPC, la que es admitida y por consiguiente la autoridad jurisdiccional repone el decreto y pronuncia el cuestionado Auto de 8 de junio de 2002 , que reconoce la personería de los demandantes ( recurrentes) y califica el proceso como de hecho sin pronunciarse nuevamente sobre las excepciones opuestas por el demandado.