Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1063/2002-R
Fecha: 05-Sep-2002
II.1.
II.1. El recurrente plantea el presente hábeas corpus alegando que su derecho a la libertad de locomoción ha sido conculcado por los recurridos, puesto que ha sido aprehendido por orden de la Fiscal demandada, cuando se presentó a una audiencia de conciliación dentro de la investigación de los delitos que denunció contra otras personas. Corresponde ahora establecer si tales extremos son ciertos y si dan lugar a la otorgación de la tutela que brinda el hábeas corpus.