Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1065/2002-R
Fecha: 03-Sep-2002
III.4
III.4 De lo anterior resulta que varias disposiciones de la Ley General de Aduanas, fueron derogadas por el Código de Procedimiento Penal, como de manera expresa lo señala este Código en su disposición final sexta (Derogatorias y Abrogatorias) que dice: “...Quedan derogadas las siguientes disposiciones legales: (...) Las normas procesales penales previstas en las leyes especiales así como toda otra disposición legal que sea contraria a este Código”.